Cartas

Reforma al procedimiento civil en pandemia

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Señora Directora:

Merece la pena destacar un proyecto de ley que reforma el sistema de justicia (Boletín Nº 13752-07). La idea es procurar mayor eficacia a un sistema que, una vez superada la pandemia, se verá expuesto a una importante sobrecarga. Asimismo, busca limitar la presencia física de personas en los tribunales, para evitar contagios. En todo caso, lo relevante es que, a propósito del Covid-19, podrían lograrse importantes modificaciones que de otro modo dormirían en el Congreso.

El proyecto se hace cargo del procedimiento penal, de familia, laboral y civil, además de cuestiones orgánicas. En lo que dice relación al procedimiento civil, parece justo respaldar la mayoría de las modificaciones. Hay que tener en cuenta que han sido décadas estudiando y confeccionado una reforma integral al procedimiento civil. Pero esa experiencia ha servido mucho. Prueba de ello son las modificaciones que se proponen.

Algunos ejemplos de lo propuesto en materia civil son: la eliminación de las inhabilidades de los testigos y la adopción de la sana crítica como estándar de apreciación de sus declaraciones; la unificación del plazo para contestar la demanda en juicio ordinario (queda en 18 días) y en juicio ejecutivo (queda en ocho días el plazo para oponer excepciones); la potenciación de la mediación; la posibilidad de decretar de oficio el abandono del procedimiento; la posibilidad de realizar audiencias y alegatos por videoconferencia; la admisibilidad de la presentación de todo documento en forma electrónica (se exceptúan los títulos ejecutivos); etc.

Queda demostrado que el procedimiento civil puede mejorarse, aunque sea mediante pequeñas modificaciones. Así lo hace este proyecto.

Fernando Salas R y Aníbal Vial De A.

Abogados

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